Alegaciones.
Las alegaciones son los argumentos con los que justificas que no estás de acuerdo con la resolución de la beca por algún error en tus datos o en el procedimiento. Cada vez que te enviemos una notificación, te indicaremos en ella la forma y el plazo para presentar alegaciones, si no estás de acuerdo con dicha notificación. Por eso es muy importante que leas muy detenidamente las notificaciones.
Plazo: normalmente 10 días hábiles (sin contar sábados, domingos y festivos) a contar desde el día siguiente a la fecha en que consultes o descargues la notificación.
Recurso de Reposición.
La resolución de la convocatoria pondrá fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a de su publicación en el MED, FP y D.
Impreso de Recurso de Reposición
Recurso Contencioso Administrativo.
- Contra la resolución del Recurso de Reposición podrá interponerse Recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional.
Plazo:
- Con resolución expresa del Recurso de Reposición (2 meses desde el día siguiente a su notificación).
- Sin resolución expresa del Recurso de Reposición (6 meses a partir del día siguiente al que se entienda presuntamente desestimado).
- Asimismo, podrá interponerse directamente este recurso contra la resolución de la convocatoria.
Plazo: 2 meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en la página web del MED, FP y D.
* Enlace de información para alegaciones y recursos