Amortización anticipada, cancelación y casos de devolución de anticipos reintegrables

Durante el período de amortización del anticipo, se podrá optar por cancelarlo en su totalidad en cualquier momento, comunicándolo por CAU en anticipos reintegrables de Recursos humanos; en el que se le comunicará la deuda que tiene pendiente por amortización del anticipo reintegrable

La amortización del anticipo reintegrable deben ingresarlo en la cuenta de ingresos de la UCLM en GLOBALCAJA (ES53 3190 2051 6162 2969 3020) indicarse claramente en el motivo de la transferencia, el DNI, nombre y apellidos del beneficiario/a y la indicación “Devolución Anticipo Reintegrable”.

Una vez ordenado el ingreso es conveniente remita a la UCLM justificante del ingreso realizado como soporte documental del ingreso.

No percepción de retribuciones

En el caso de que el/la solicitante deje de percibir retribuciones por parte de la UCLM o de estar en servicio activo en ésta, deberá realizar con carácter previo a su cese el reintegro del anticipo o parte del anticipo pendiente de amortizar en la hacienda pública de la Universidad de Castilla‐Mancha, en la cuenta indicada mas arriba.

Suspensión de una relación laboral temporal

Si su relación laboral se viera interrumpida temporalmente con la Universidad por circunstancias sobrevenidas con posterioridad al otorgamiento de éste anticipo, como consecuencia de supuestos contemplados en la legislación vigente, tales como permisos no retribuidos, licencias por estudios, permisos de maternidad / paternidad, o circunstancias similares, deberá ingresar mensualmente la cantidad regular de devolución del anticipo, en la cuenta indicada mas arriba, hasta reanudarse su relación laboral, momento en que de nuevo le será retenida directamente en nómina dicha cantidad.

Incumplimiento de pago

En caso de incumplimiento de lo indicado en los párrafos anteriores en cuanto al ingreso de las cuotas o importes pendientes de amortizar del préstamo, la UCLM podrá proceder a la regularización de dichos importes debidos, mediante el descuento en retribuciones pendientes de recibir, previa resolución motivada del Gerente.

 

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